ESPAÑA INCÓMODA.

"Demasiado libertinaje en la juventud seca el corazón, y demasiada continencia atasca el espíritu".

Charles Augustin Sainte-Beuve (1804-1869) Escritor y crítico literario francés.


lunes, 27 de agosto de 2012

Luz, agua y gas de julio y agosto tributarán ya al 21% si el recibo llega en septiembre.

Luz, agua y gas de julio y agosto tributarán ya al 21% si el recibo llega en septiembre


La subida del IVA del 18% al 21% que entrará en vigor el 1 de septiembre no sólo se aplicará a los suministros (electricidad, gas, teléfono, Internet, agua, etc.) consumidos a partir de esa fecha, sino también a los anteriores si el pago de los mismos se efectúa el próximo mes. Además, en el caso de la luz la subida de impuestos se suma a un recargo extraordinario que las eléctricas impondrán a lo largo de cinco meses y que puede suponer un incremento medio en el conjunto del período de 50 euros.

La lógica dicta que, si hay una subida del IVA, el consumo realizado durante la vigencia del tipo antiguo debería gravarse con dicho tipo, y que el nuevo -más alto- sólo se aplique a los suministros en los que ya esté vigente la subida. Y que para ello se parta el período en dos si es necesario, divididos por la fecha de entrada en vigor de la subida.

Sin embargo, la lógica no funciona aquí. El artículo 75.5 de la Ley que rige este impuesto establece que éste se devengará "en los arrendamientos, en los suministros y, en general, en las operaciones de tracto sucesivo o continuado, en el momento en que resulte exigible la parte del precio que comprenda cada percepción", es decir, en la fecha en la que existe la obligación de pago. Y se aplica a todo ese suministro el IVA vigente en esa fecha. Por tanto, si la fecha en la que toca pagar es posterior al 1 de septiembre, se cobrará el 21%.

Otra cosa es que alguna empresa tire de la picaresca española y retrase dicha fecha de pago unos días para poder aplicar el nuevo tipo y disfrutar así de una liquidez extra hasta el momento de ingresar la recaudación en Hacienda. Eso está totalmente prohibido y, si alguien lo aplica, es denunciable ante las autoridades, según Rubén Sánchez, portavoz de Facua. El próximo recibo debe llegar en la fecha habitual de los anteriores y la lectura del contador tiene que referirse a un intervalo similar al de los demás meses. Es decir, si todos los meses la lectura va del día 28 de un mes hasta el 27 del siguiente, ahora tiene que ocurrir lo mismo, y no puede aparecer cinco días más de repente para terminar el 1 de septiembre.

Precisamente, hay un ejemplo de lo contrario. La empresa gallega de telecomunicaciones R ha anunciado que adelanta la lectura del consumo de sus clientes al 31 de agosto, para que todos los servicios disfrutados hasta esa fecha paguen el 18% de IVA y no el 21%, aunque, como se ha dicho, tendría derecho a aplicar el tipo nuevo si la fecha de cobro habitual es posterior al 1 de septiembre.

 
Y además, recargo en el recibo de la luz

La subida de impuestos no es el único disgusto que nos vamos a llevar los consumidores al volver de vacaciones. El recibo de la luz va a sumar a este nuevo IVA un recargo excepcional que las eléctricas cobrarán entre agosto y diciembre, y que puede suponer una media de 50 euros en total, según las estimaciones de la OCU.

¿A qué obedece este recargo? Pues a una sentencia del Tribunal Supremo que anula la congelación de la tarifa de último recurso (la que tienen la mayoría de los hogares) decretada en octubre de 2011 por el Gobierno de Zapatero. Esta sentencia da derecho a las eléctricas a cobrar ahora la subida que no pagaron los consumidores entre octubre y marzo, y dicho cobro se hará mediante un recargo. Éste aparecerá en el recibo bajo el epígrafe "Ajuste Precios 4º T 2011" o "Ajuste Precios 1º T 2012".

El importe del recargo dependerá de cada consumidor, pero tardará más en llegar para aquellos que sufran retrasos en la lectura de sus contadores y será más doloroso para quien tenga calefacción eléctrica, por los elevados consumos durante el invierno.

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